martes, marzo 25, 2008

Sauerkraut de propiedad intelectual

Aquí viene una entrada cargadita de noticias proporcionadas, en parte, por vosotros

Pequeña modificación del Protocolo del Arreglo de Madrid
El blogger lvcentinvs ha sabido, gracias al IP-Kat, de una pequeña modificación del Protocolo al Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas. La disposición modificada es el Art. 9 sexies. Toda la información la podeis encontrar en el comunicado de la OMPI.

Dos interesantes decisiones de la OAMI

La primera nos la trae Jean Devaureix (Socoró, Catalá & Nadal), homo lvcentinvs afincado en Barcelona: la OAMI ha decidido, para tranquilidad de los organizadores de la Eurocopa 2008 y de la UEFA que la Marca "EURO 2008" es distintiva, y desestima la oposición presentada por una empresa alemana.
La segunda, disponible en Class46, se refiere al rechazo por la OAMI de la oposición presentada por Google contra el registro de la marca comunitaria G-mail por parte de un empresario alemán.

Sentencia española contra el canon por copia privada
Un juez de primera instancia español ha vuelto a reiterar la falta de legalidad que existe en cobrar el canon por copia privada (eso que ahora todo el mundo denomina "canon digital") por los CDs en blanco. La falta de legalidad reside en que dichos CDs se utilizan para almacenar todo tipo de información y no sólamente creaciones intelectuales. Gracias a Gilberto Macias por proporcionar la noticia.

Italia y la lucha contra el p2p

En Italia se ha adoptado una decisión por la cual se prohibe que los prestadores de servicios espien a los internautas que se intercambian contenidos ilícitos por las redes de peer-to-peer. La decisión ha sido adoptada por la Agencia de protección de datos a raiz de un caso en el que quedaba demostrado que una discográfica alemana había utilizado un software de una empresa suiza para obtener la dirección IP de más de 300 internautas que se intercambiaban archivos obras musicales de su titularidad. Más información al respecto en EDRI-Gram

La patente DSS: un ejemplo más de "peregrinaje judicial" en Europa
El IP-Kat ha tratado extensamente este interesante caso sobre patentes que enfrenta al Banco central europeo y a DSS, una empresa estadounidense que tiene una patente sobre un sistema antifalsificación de billetes. Lo interesante del caso no es sólo el interés público que presenta la patente, sino que se trata de un ejemplo de lo mal que funciona el sistema jurisdiccional en materia de propiedad intelectual en Europa. El BCE ha tenido que instar la nulidad de la patente en varias jurisdicciones - que se sepa, al menos, en Reino Unido, Holanda, Francia y Alemania - y, a pesar de la supuesta similitud de requisitos de patentabilidad existentes en estos Estados, en dos casos se ha considerado que la patente era nula, y en los otros dos, que debía ser considerada válida. ¿Alguien sigue dudando de la necesidad de un sistema jurisdiccional europeo en materia de patentes o de la introducción de la patente comunitaria?. Teneis acceso a todas las decisiones en la entrada del IP-Kat.

Más sobre responsabilidad de los prestadores de servicios
Lo encontrareis en la entrada del blog de M. Geist y habla sobre las propuestas existentes en el Japón, Suecia, Irlanda e Italia y algún que otro caso pendiente ante los tribunales.

Más sobre Second Life y propiedad intelectual
Los "avatars" se rebelan. Dentro del juego virtual de Second Life, se han creado grupos de presión que protestan por las actividades que llevan a cabo otros avatars consistentes en copiar prendas de vestir protegidas por propiedad intelectual en el mundo real y venderlas en el mundo virtual. ¿Se trata de un ilícito en el mundo virtual? ¿y en el mundo real? ¿Deben regularse los mundos virtuales o deben regularse de acuerdo con las leyes "tradicionales"?. Aviso para caminantes: para tener una visión completa del asunto hay que ir más allá de las fotos de E. Mendes y A. Silverstone.

¿Hasta donde llega el derecho de exclusividad sobre la marca?
Esta es la pregunta que late detrás del asunto sobre el que me ha informado, como no, Gilberto Macias, el hidrocálido más universal. Una persona compra un Ferrari y lo convierte en una limousina (bastante fea, por cierto). Ferrari considera que el nuevo vehículo no puede ser identificado bajo su marca y se plantea demandarlo. Una cuestión divertida pero que, a la vez, tiene importantes repercusiones jurídicas. De hecho, debo recordar que la Corte suprema de los EEUU debe decidir, en LG c. Quanta, sobre una cuestión muy parecida: ¿hasta donde alcanza la doctrina del "first sale"?

El blogger lvcentinvs no quiere despedirse sin antes dejar constancia de lo apesadumbrado que se queda después de conocer que Tequila (bueno, los tres que quedan) se ha vuelto a unir 25 años después. Ariel Rot (el Jagger del rock en español y genial radiolocutor) me ha fallado. Sólo hay un grupo que haya vendido su alma al diablo y que, gracias a ello, sea capaz de resistir el paso de los años. ¿Sabeis cual?

En fin, que acabe bien la semana,
Aurelius