Amiguetes, se acabó la semana post-INTA. Más corta de lo normal pero no por ello las noticias sobre Propiedad intelectual han sido menos atractivas
Microsoft y el Derecho de la competencia británico
No se acaban los problemas para Microsoft. Ahora son las autoridades británicas las que consideran que la compañía de Redmond restringe la competencia en el mercado británico con el famoso OOOXML, el nuevo formato de ficheros para almacenar documentos sobre el que tiene el standard. Más información aquí.
Jurisprudencia TJCE
Se han publicado las Conclusiones generales del AG en el asunto C-298/07, "Deutsche Internet versicherung" que resultará de interés a los alumnos del Magister Lvcentinvs que prestaron atención en mi clase del jueves 15. En ellas se sostiene que "un prestador de servicios no está obligado, con arreglo al artículo 5, apartado 1, letra c), de la Directiva 2000/31 de comercio electrónico, a facilitar un número de teléfono para informar a los consumidores antes de celebrar un contrato. Asimismo, el prestador del servicio tampoco está obligado, con arreglo a dicho precepto, a proveer un segundo medio para atender al usuario, diferente de la dirección de correo electrónico, siempre que esta última sea adecuada y suficiente para lograr un contacto rápido y entablar una comunicación directa y efectiva".
Asimismo, la "conexión balear" del blogger lvcentinvs ha puesto en su conocimiento la publicación de la STJCE de 15 mayo 2008, C-341/07, "Comisión c. Suecia" en la que se condena a Suecia por la falta de transposición de la Directiva 2004/48 sobre observancia de los derechos.
Igualmente, el blogger lvcentinvs no podía dejar pasar la entrada del IP-Kat con foto del Highway 61 de Bob Dylan en la que se habla de las Conclusiones generales AG al asunto C-240/07, "Sony Music Entertainment (Germany) GmbH v Falcon Neue Medien Vertrieb GmbH". En ellas se indica que: "1) El plazo de protección previsto en la Directiva 2006/116 relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines, dándose los requisitos recogidos en su artículo 10, apartado 2, también se aplica cuando el objeto controvertido nunca hubiera sido tutelado en el Estado miembro en el que se insta la protección, sin perjuicio de lo sancionado en el apartado 3 del mismo artículo 10; 2) Las disposiciones nacionales, en el sentido del artículo 10, apartado 2, de la Directiva 2006/116, no comprenden las normas de los Estados miembros relativas a la protección de los titulares de derechos que no sean nacionales de un Estado miembro de la Comunidad. 3) Corresponde al juez nacional comprobar, de conformidad con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 2006/116 y con los tratados internacionales que vinculen a su ordenamiento jurídico, si el plazo del artículo 10, apartado 2, de esa Directiva para los objetos que el 1 de julio de 1995 cumplían los criterios de protección de la Directiva 92/100/CEE del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual, se aplica a los titulares que no ostenten la nacionalidad de un Estado miembro de la Comunidad"
En fin, también os resultará de mucho interés la STJCE de 21 mayo 2008, T-392/06, "Enercon GmbH v OHIM": "Marque communautaire – Demande de marque communautaire verbale E – Motifs absolus de refus – Absence de caractère distinctif – Caractère descriptif – Article 7, paragraphe 1, sous b) et c), du règlement (CE) n° 40/94"
Autobombo: Aurelius en "Los lunes de patentes"
Pues sí, Pascual Segura ha tenido por bien invitar al que os escribe a dar una conferencia en "Los lunes de patentes" sobre "Las sentencias GAT y Roche: ¿El fin de las cross-border injunctions
en Europa?" que tendrá lugar en Madrid el 2 de junio. Será un honor veros allí. Espero no defraudar y aprender mucho con el resto de potentes.
Articulo sobre la propuesta de ACTA
Como no podía ser de otra manera, empiezan a aparecer los artículos sobre la propuesta lanzada al unísono por varios países de Anti-Counterfeiting Trade Agreement. Aquí va el primero que he encontrado: A. Shaw, "The problema with the Anti Counterfeiting Trade Agreement (and what to do about it)".
¿Reconocimiento mutuo de patentes UE-USA?
Según indica esta noticia, el Transatlantic Economic Council está trabajando sobre un acuerdo para permitir el reconocimiento en USA de patentes otorgadas en la UE y viceversa. Por lo que podréis ver en la noticia, se trata de una propuesta muy remota pero no por ello menos interesante. La EPO, en sus Scenarios for the future, ya hablaba de que la necesaria unión entre estos dos bloques podía ser esencial para sobrevivir en un mundo globalizado en el que países como China y La India hayan desarrollado todo su potencial.
En fin, Aurelius no quiere desaprovechar la oportunidad para felicitar a sus amigos Gilberto Macias y Giorgio Bocedi por su cumpleaños y para desear lo mejor a Eli y Mariano, ambos apesadumbrados por la eliminación de San Lorenzo (los blaugranas argentinos) de la Copa Libertadores. A ver si os anima esta canción o esta otra.
Tchuss,
Aurelius