El blogger lvcentinvs no deja de sorprenderse de que los efectos de la globalización no sólo se dejen sentir en el mundo del comercio internacional o la propiedad intelectual. En cualquier caso, a nosotros lo que nos interesa es este último tema, ¿verdad?
IP Management and Enforcement "Good practices for SMEs"
El 11 de diciembre se celebra en Bruselas el seminario "IP Management and Enforcement - Good practices for SMEs". Todos aquellos que esteis por los alrededores no os lo deberiais perder. Os paso un sumario de lo que se tratara:
"The main objective of the event is to raise awareness of the participants, in particular SMEs, of the basic concepts and ideas to adequately integrate, manage and enforce their intellectual property rights. It will also be an occasion to learn about cooperation between National Patent Offices and business intermediaries in the field of intellectual property.
Representatives from the European Commission and its Executive Agency for Competitiveness and Innovation will participate.
Deadline for registration is 4th December 2008. The registration fee is EUR 250".
EPO Virtual Helpdesk sobre Asia Oriental
Para aquellas empresas y despacho deseosos de hacer negocios en China, la red en una fuente imprescindible de información. En materia de propiedad intelectual, debe destacarse el EPO Virtual Helpdesk donde encontrareis información constantemente actualizadas sobre China, Japón, Korea y otros países de Asia Oriental e India.
Jurisprudencia TJCE en materia de propiedad intelectual
Gracias a Federico Garau y Carmina Such he sabido que se han publicado las Conclusiones generales del Abogado general de 18 noviembre 2008, C-495/07, "Silberquelle" en la que se sostiene que "Los artículos 10, apartado 1, y 12, apartado 1, de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas, han de interpretarse en el sentido de que no hay un uso efectivo de una marca cuando se utiliza para designar unas bebidas no alcohólicas que el titular de la marca entrega gratuitamente a sus clientes por la compra de productos textiles que él mismo comercializa".
Tambien se ha adoptado la STJCE de 19 noviembre 2008, T-187/06, "Schräder/OCVV (SUMCOL 01)" en materia de obtenciones vegetales comunitarias: "Denegación de la solicitud de protección comunitaria – Falta de carácter distintivo de la variedad candidata".
Modificaciones del Reglamento PCT
La OMPI ha puesto a disposición del público gran cantidad de información sobre las modificaciones del Reglamento PCT, entre ellas, una presentación powerpoint.
Responsabilidad de los PSI
Gilberto Macias, el hidrocálido más universal, me cuenta que la Audiencia de Madrid ha confirmado la absolución de los propietarios de tvmix.net, web site que permite a los usuarios visualizar los partidos de futbol que se emiten en modalidad de pago por visión en España. Los argumentos esgrimidos para justificar la falta de responsabilidad penal son la falta de conocimiento por el imputado que su actividad pudiera ser delictiva, que el acceso a la señal televisiva se realiza mediante programas de utilización abierta y universal y la ausencia de ánimo de lucro en su conducta.
A vueltas con el canon digital
Gilberto Macias (otra vez) me ha pasado este sugerente artículo relativo al canon digital en el que Rafael Sanchez, director de EGEDA, afirma: "Las tarifas actuales son bajas, entre otras cosas, porque las paga todo el mundo, por lo que si una parte queda excluida el canon debe subir para que la compensación que reciben los autores siga siendo la misma". El artículo está relacionado con la cuestión prejudicial presentada por la Audiencia Provincial de Barcelona ante el TJCE sobre la compatibilidad de la regulación española del canon digital con la Directiva 2001/29. Todavía me impacta más la afirmación de Teddy Bautista (SGAE): "El canon digital es agua pasada. Se paga y ya está. Y a quien no le guste que se aguante porque yo también tengo que pagar cosas que no quiero". Nadie puede dudar de que el blogger lvcentinvs es un ferviente defensor de la propiedad intelectual, pero afirmaciones como estas ayuda muy poco a defender mi postura. Además, da la impresión de que estas personas defienden un canon con carácter recaudatorio y no compensatorio que, en mi opinión, es lo defendible. En fin, el debate está abierto.
Los expertos en PI no saben de futbol
Nando Reig sabía que Joaquín Sabina escribió el Himno del Centenario del Atlético de Madrid y además me pide que haga una pregunta sobre futbol. Pues ahí va: ¿Quien era el portero del Valencia que paró el penalti a Dujkic dándole así la cuarta liga consecutiva al Barça de Cruyff? Como los ganadores serán muchos, se llevarán un entretenido folleto sobre protección en China de las marcas.
Mañana, un buen amigo, lee la tesis, momento álgido en la carrera de cualquier universitario. En su honor esta canción. Mucha suerte compañero!!
Besos, abrazos y salud para todos,
Buen fin de semana,
Aurelius