viernes, noviembre 20, 2009

Resacas de propiedad intelectual

Con una cabeza que pesa más de lo habitual ha llegado Aurelius a su despacho esta mañana. Las Jornadas sobre el tribunal de marca comunitaria están siendo todo un exito.... al menos el cocktail.

Web sites de ringtones en la UE
Supongo que esto intereserá a más de un abogado que tiene empresas que se dedican a este floreciente negocio: "Tras una contundente campaña de dieciocho meses contra la vulneración de los derechos de los consumidores de la UE llevada a cabo por los veintisiete Estados miembros, Noruega e Islandia, se han modificado o cerrado el 70 % de los sitios web investigados por la venta fraudulenta de melodías, fondos de pantalla u otros servicios para teléfonos móviles".
Más información en EurActiv.


El Partido Pirata ya está en España
Despues del exito del Partido Pirata de Suecia (recordémolos, todo a raiz del asunto Pirate Bay) y en Alemania (aunque menos), ahora le llega el turno a España. El Partido Pirata aboga por elevar al debate parlamentario sus propuestas de eliminar el canon digital y potenciar el software libre, además de modificar la Ley de Propiedad Intelectual. Interesante comentario (que da para al menos un par de chistes): "Ser 'pirata' es mucho más que oponerse al canon". Efectivamente, uno también puede ser el pirata de Sabina o el pirata de Pereza. ¿Tu a quién votarías en unas elecciones?

Jurisprudencia francesa sobre Dipr y PI
Nueva sentencia francesa de interés para los fans del Dipr: sentencia TGI París de 9 octubre 2009 "H & K c. Google". La nota de presentación en Legalis.net dice: "En sa qualité de moteur de recherche, Google est condamné par la 3ème chambre du TGI de Paris pour contrefaçon car il a permis l’affichage sur Google Images d’une photographie représentant Patrick Bruel sans l’accord du photographe. Dans son jugement du 9 octobre 2009, le tribunal reconnaît l’atteinte au droit moral de l’auteur. Google Images ne respecte pas son droit de paternité en ne mentionnant pas son nom. Il note par ailleurs que le cliché a été recadré et que ce mode de diffusion ne permet qu’une visualisation de mauvaise qualité en raison notamment de la taille de l’image".
Aurelius, sin embargo, se ha fijado en otra circunstancia: ¿por qué en esta sentencia se aplica la ley de derechos de autor francesa cuando en otras sentencias anteriores en las que Google estaba involucrado se había aplicado la ley estadounidense?. Este es el pasaje interesante: "pour s’exonérer de toute responsabilité la société Google Inc invoque l’application du droit américain et soutient, par référence à la Convention de Berne, que les dispositions du Copyright Act et la notion de “fair use” trouveraient à s’appliquer ;...
que le pays sur le territoire duquel se sont produits les agissements délictueux, tel que le revendiquent les sociétés Google, et qui en l’espèce se confond avec le lieu du fait dommageable, est la France, de sorte que les défenderesses ne sauraient revendiquer l’application de la loi américaine ; que la responsabilité des sociétés Google est donc susceptible d’être engagée pour les faits illicites commis au travers du site images.google.fr dans les termes du droit commun de la contrefaçon sur le fondement de l’article L.335-3 du Code de la Propriété Intellectuelle"
Como dicen los franceses, Aurelius se ha quedado stupéfait.

En fin, Aurelius se despide con una canción enviada por un miembro de la audiencia que seguro que os trae grandes recuerdos. Y yo añado un par de temas de REM, de cuando M. Spite tenía melena y hacian cosas interesantes (aquí y aquí).
Abrazos