miércoles, enero 20, 2010

Convulsiones matutinas de propiedad intelectual

Grandes sorpresas cuando abro el correo electrónico esta mañana. Las comparto con vosotros

Las actividades de las sociedades de gestión colectiva son anticompetitivas
Más problemas para la SGAE y el resto de entidades de gestión colectiva de derechos de PI. Aparte de la ya conocida apreciación de las autoridades comunitarias, ahora es la Comisión nacional de la competencia la que ha indicado en un reciente informe que que el actual marco legislativo dota de una "posición monopolística" a estas organizaciones. El hecho de que no haya la suficiente competitividad facilita, según la CNC, el establecimiento de "tarifas discriminativas" y "obstaculiza las actividades que realizan los usuarios, tanto los que operan en mercados tradicionales como los que explotan obras y prestaciones en el entorno online"."La introducción de competencia requiere reforzar la capacidad de elección de los titulares y de los usuarios. Por este motivo, la CNC considera que debe realizarse una revisión integral de la Ley de Propiedad Intelectual". Para los que tengais prisa, un resumen en El Pais.

Sobre la responsabilidad de los PSI en Europa
He encontrado la que considero buena información para todos aquellos interesados en la responsabilidad de los PSI sobre infracciones de PI cometidas por los usuarios. En primer lugar, la reciente sentencia Cour Cassation de 14 enero 2010 "Tiscali", con comentario incluido. En segundo lugar, este documento del IPR2 (Online liability for Copyright Infringement: European Leading Cases) que, aunque es un proyecto sobre PI en China, habla sobre la regulación de la cuestión que nos atañe en Europa y, además, trae links a las más interesantes decisiones adoptadas por tribunales europeos sobre la materia.

La PI en China tras la decisión de OMC
Como recordareis, China y USA se enfrentaron ante el Órganos de solución de disputas de la OMC. Esto dió lugar a una decisión en la que hubo, digamos, un empate técnico. Ahora se el órgano de apelación de la OMC ha adoptado su decisión en la que establece recomendaciones que debe seguir China para adoptar su legislación a los compromisos adquiridos en ADPIC. Lo cuenta IP Watch.

En fin, como hay muchos seguidores de Crepúsculo (cuidado con la oscuridad, no os vaya a pasar lo que a Loles León), hoy me despido con una canción para ellos y otra para los modernos.

Drakurelius