Edith van den Eede (Trevisano & Cuonzo) nos trae noticias desde Italia:
"En un caso que recuerda mucho la sentencia de la Corte de Justicia en el asunto Benetton / G-Star (C-371/06) derivado de la peticiòn de decisiòn prejudicial planteada por el ‘Hoge Raad’ de los Países Bajos, con respecto a la marca de forma de G-Star formado por los pespuntes y los rodilleras de los famosos pantalones vaqueros ‘Elwood’, la Sección Especializada en P.I. del Tribunal de Milán, ha aprobado la demanda de G-Star y ha impedido a dos empresas italianas copiar y vender los ‘Elwood’ en base al Derecho de competencia desleal. En Italia, efectivamente, G-Star no es titular de marca de forma ni de modelo de los vaqueros ‘cult’. Anteriormente, la Sección Especializada del Tribunal de Roma había rechazó la petición de medida cautelar de G-Star.
La sentencia es muy importante para la jurisprudencia italiana porque por primera vez establece que aunque no hay derechos de marca o de modelo, sin embargo puede existir un acto de competencia desleal si se copia una prenda que tiene características originales aunque no sea de alta costura sino una prenda ‘sencilla’ como es un par de vaqueros.
Además, la decisión es de gran relevancia porque establece criterios detallados para calcular los daños, basado en los beneficios de los autores de la violación y ha otorgado una compensación de alrededor de Euro 120.000 a G-Star por la copia del ‘Elwood’ y por la vulneración de los derechos de modelo comunitario registrado de G-Star para otro par de pantalones vaqueros, el ‘Limit Regular’, además del reembolso de todos los gastos judiciales".