lunes, febrero 15, 2010

Desde Italia: la copia de unos vaqueros es considerado un acto de competencia desleal

Edith van den Eede (Trevisano & Cuonzo) nos trae noticias desde Italia:

"En un caso que recuerda mucho la sentencia de la Corte de Justicia en el asunto Benetton / G-Star (C-371/06) derivado de la peticiòn de decisiòn prejudicial planteada por el ‘Hoge Raad’ de los Países Bajos, con respecto a la marca de forma de G-Star formado por los pespuntes y los rodilleras de los famosos pantalones vaqueros ‘Elwood’, la Sección Especializada en P.I. del Tribunal de Milán, ha aprobado la demanda de G-Star y ha impedido a dos empresas italianas copiar y vender los ‘Elwood’ en base al Derecho de competencia desleal. En Italia, efectivamente, G-Star no es titular de marca de forma ni de modelo de los vaqueros ‘cult’. Anteriormente, la Sección Especializada del Tribunal de Roma había rechazó la petición de medida cautelar de G-Star.
La sentencia es muy importante para la jurisprudencia italiana porque por primera vez establece que aunque no hay derechos de marca o de modelo, sin embargo puede existir un acto de competencia desleal si se copia una prenda que tiene características originales aunque no sea de alta costura sino una prenda ‘sencilla’ como es un par de vaqueros.
Además, la decisión es de gran relevancia porque establece criterios detallados para calcular los daños, basado en los beneficios de los autores de la violación y ha otorgado una compensación de alrededor de Euro 120.000 a G-Star por la copia del ‘Elwood’ y por la vulneración de los derechos de modelo comunitario registrado de G-Star para otro par de pantalones vaqueros, el ‘Limit Regular’, además del reembolso de todos los gastos judiciales".


Gilberto Macias nos trae la jurisprudencia del TJUE

Gilberto Macias (Clarke), hidrocálido universal donde los haya, se incorpora de forma oficial a la nómina de colaboradores de LVCENTINVS (ya lo era de forma oficiosa) para ayudar a Aurelius a mantener al día a su numerable y apreciada audiencia sobre todo lo que ocurre en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (recordar, ahora compuesto del Tribunal General y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea) en materia de marcas, diseños y todo lo que le plazca

STG de 11 de Febrero 2010, T-289/08 Deutsche BKK v OHMI (Deutsche BKK) Marque communautaire – Demande de marque communautaire verbale Deutsche BKK – Motifs absolus de refus − Caractère descriptif et absence de caractère distinctif – Absence de caractère distinctif acquis par l’usage − Article 7, paragraphe 1, sous b) et c), et paragraphe 3, du règlement (CE) n° 40/94 [devenu article 7, paragraphe 1, sous b) et c), et paragraphe 3, du règlement (CE) n° 207/2009] − Article 73 et article 74, paragraphe 1, première phrase, du règlement n° 40/94 (devenus article 75 et article 76, paragraphe 1, première phrase, du règlement n° 207/2009).
El recurso fue rechazado.

STG DE 10 de Febrero 2010, T-344/07 O2 (Germany) v OHMI (Homezone) Marca comunitaria – Solicitud de marca comunitaria denominativa Homezone – Motivos de denegación absolutos – Carácter distintivo – Carácter descriptivo – Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 207/2009]. El recurso fue aceptado y anulada la decisión de la OAMI.

STG de 9 Febrero 2010, T-113/09 PromoCell bioscience alive v OHMI (SupplementPack) Marque communautaire – Demande de marque communautaire verbale SupplementPack – Motif absolu de refus – Caractère descriptif – Article 7, paragraphe 1, sous c), du règlement (CE) n° 40/94 [devenu article 7, paragraphe 1, sous c), du règlement (CE) n° 207/2009].
El recurso fue rechazado.

STG de 3 Febrero 2010, T-472/07 Enercon v OHMI - Hasbro (ENERCON) Community trade mark – Opposition proceedings – Application for the Community word mark ENERCON – Earlier Community word mark TRANSFORMERS ENERGON – Relative ground for refusal – Article 8(1)(b) of Regulation (EC) No 40/94 (now Article 8(1)(b) of Regulation (EC) No 207/2009).
El recurso fue rechazado.

En breve más decisiones.

Gilberto