viernes, abril 20, 2012

ACTA, PI y jurisdicción, mejor bitácora

Mientras Estados Unidos sigue aplicando a rajatabla su política antiterrorista musical (que pena que no lo haga el gobierno español), en el mundo de la propiedad intelectual sucede lo siguiente

¿Está ACTA muerto?
Todo parece depender de la decisión que tome el Parlamento Europeo, donde parecen existir opiniones enfrentadas en los distintos comités involucrados. Aqui la opinión en contra de los socialdemócratas. Además, los países industrializados del G8 (¿todavía existe?) parecen haber asumido su derrota y la necesidad de adoptar una aproximación más flexible a la regulación de la PI (yo tampoco tengo acceso al "non-paper"). Nos lo cuentan en IP Watch.

Jurisprudencia TJUE en materia de Dipr y PI
Con independencia de lo que nos cuente Gilberto Macias en su sección, es necesario informar de una importante sentencia del TJUE en relación con Google Adwords y competencia judicial internacional.
En la STJUE de 19 de abril 2012, C-461/10, "Wintersteiger", el Tribunal ha fallado de la siguiente manera:
"El artículo 5, número 3, del Reglamento 44/2001, debe interpretarse en el sentido de que un litigio relativo a la vulneración de una marca registrada en un Estado miembro como consecuencia del uso, por un anunciante, de una palabra clave idéntica a dicha marca en el sitio de Internet de un motor de búsqueda que opera bajo un dominio nacional de primer nivel de otro Estado miembro puede someterse, bien a los órganos jurisdiccionales del Estado miembro en que se encuentra registrada la marca, bien a los del Estado miembro del lugar de establecimiento del anunciante."
La decisión defrauda un poco (como ya ha contado Jeremy Phillips) pues el caso daba para mucho más y la decisión no parece que vaya a ser de mucha utilidad para los tribunales nacionales.

Además, se han publicado las Conclusiones del AG de 19 de abril 2012, C-133/11, "Folien Fischer", que si bien no trata sobre propiedad intelectual, si lo hace sobre la posibilidad de presentar acción declarativas de ausencia de responsabilidad extracontractual ante el tribunal designado por el Art. 5.3 (forum delicti commissi), circunstancia de gran interés en materia de PI. El Abogado recomienda el siguiente fallo:
"El artículo 5, número 3, del Reglamento 44/2001, debe interpretarse en el sentido de que la competencia judicial en materia delictual no comprende una acción declarativa negativa mediante la cual el autor de un potencial hecho dañoso pretende que se declare que, de las circunstancias del asunto, no se deriva derecho alguno para la víctima potencial en materia delictual."
Sin haber leida la decisión, Aurelius se siente decepcionado: mientras la Unión Europea sigue firmado tratados (ACTA, TLCs) para obligar a terceros Estados a garantizar la protección efectiva de la propiedad intelectual, en el mercado interior no se dejan de poner trabar para la defensa de los derechos ante los tribunales en asuntos transfronterizos. En fin, tendré que leer la decisión para sustentar adecuadamente esta arriesgada afirmación.

Blog de Pedro de Miguel Asensio
Aurelius quiere dar la enhorabuena a Pedro de Miguel Asensio (Catedrático de Dipr en la Universidad Complutense y profesor del Magister Lvcentinvs) por el premio a la mejor bitácora jurídica otorgado por la asociación Derecho en Red. Como sabeis, muchos de sus posts han sido referenciado en LVCENTINVS por su excelente contenido.

En fin, amigos me despido con una pregunta: ¿Contra quién aplicariais la politica antiterritorista musical yanqui?: uno, dos, tres, cuatro.
Buen fin de semana,
Aurelius

"VI Encuentro de grupos de investigación, instituciones y empresas", Madrid 24 abril 2012.


El próximo martes 24 de abril, de 9 a 14 horas, tendrá lugar en el Anfiteatro del Colegio de Médicos de Madrid, calle Santa Isabel 51 (entrada por calle Santa Inés s/n), el VI Encuentro de grupos de investigación, instituciones y empresas. Como en las ediciones anteriores, el Encuentro versará sobre un tema específico, “Las marcas al servicio de la investigación e innovación”, y pretende concienciar a investigadores, instituciones, empresas y profesionales de la importancia práctica de las marcas y familiarizarles con su utilización.

El sistema español de investigación, desarrollo e innovación está en proceso de profundos cambios. Con independencia de las propuestas institucionales que aparecen todos los días en los medios de comunicación, lo cierto es que es responsabilidad de todos formarnos para conseguir mejorar la eficiencia del sistema. En este sentido, las marcas son parte de la innovación emocional y constituyen una herramienta estratégica de gran valor añadido –y generalmente ignorado- para el mundo académico, empresarial e institucional.

Los Encuentros de grupos de investigación, instituciones y empresas se han consolidado a lo largo del último lustro como uno de los foros de reflexión más importantes que tienen lugar anualmente en España sobre estas materias. Manuel Desantes, Catedrático de Derecho Internacional privado en la Universidad de Alicante y Celia Sánchez Ramos, Profesora del Grupo de Investigación en Neuro-Computación y Neuro-Robótica de la Universidad Complutense de Madrid promueven el Encuentro este año, en el que colaboran entidades públicas y privadas de reconocido prestigio internacional como la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), la Oficina Europea de Patentes, la Oficina Española de Patentes y Marcas, Geox, PwC, ANDEMA, ELZABURU, Lema Devesa Asociados, MOSAIQ, ESADE Business School, la Fundación Botín, Unimedia, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas o las Universidades de Alicante y Complutense de Madrid, así como el Ministerio de Economía y Competitividad y la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Madrid.

La entrada es libre, pero el aforo es limitado a la capacidad del Anfiteatro, por lo que la experiencia de otros años aconseja la inscripción previa en encuentrodegrupos@opt.ucm.es.

El programa detallado puede encontrarse en aqui.