lunes, octubre 22, 2012

Gilberto Macias (@gmaciasb) nos trae la jurisprudencia del TJUE

Antes de irse de vacaciones (sí, hay gente que se las toma en octubre...) Gilberto nos dejó esta entrada:


STG, de 18 de septiembre de 2012, asunto T-460/11
El Tribunal General desestimó el recurso del solicitante, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó el registro de la marca “BÜRGER” (fig.) por existir riesgo de confusión con la marca anterior “Bürgerbräu”.

STG, de 18 de septiembre de 2012, asunto T-133/08
Interesante asunto resuelto por el Tribunal General respecto a la variedad vegetal “LEMON SYMPHONY” y si la misma continuaba reuniendo los requisitos para ser protegida como CPVO. La sentencia resulta algo liosa al resolver 4 procedimientos en una misma sentencia.

STG, de 19 de septiembre de 2012, asunto T-267/11
El Tribunal General desestimó el recurso del propietario de la marca, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó la petición de restitutio in integrum por lo que se confirma la cancelación de la marca “VR” (fig.) por no renovarse.

STG, de 19 de septiembre de 2012, asunto T-164/11
El Tribunal General desestimó el recurso del propietario de la marca, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se canceló el registro de la marca comunitaria tridimensional (Knife handle), puesto que la marca se constituye exclusivamente por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico (Art. 7.1.3.ii)

A continuación os dejo 8 sentencias del TG, de 19 de septiembre de 2012, íntimamente relacionadas. Asuntos T-231/11, T-50/11, T-31/11, T-26/11, T-329/10, T-328/10, T-327/10 y T-326/10.

Todos estos casos se refieren a diversas marcas figurativas, que parecen ser simples trozos de tela con cuadros de diferentes colores (al más puro estilo de la marca similar de Burberry), las cuales han sido rechazadas por la OAMI por carecer de carácter distintivo. El Tribunal ha confirmado la postura de la OAMI rechazando todos los recursos del solicitante.

La pregunta es: Por qué estas marcas no han sido aceptadas por la OAMI, pero otras muy similares, por ejemplo, la marca comunitaria Nº 9434044, si ha sido aceptada recientemente?

STG, de 19 de septiembre de 2012, asunto T-220/11
El Tribunal General desestimó el recurso del solicitante, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó el registro de la marca “f@ir Credit” (fig.) por existir riesgo de confusión con la marca anterior “FERCREDIT”.

STG, de 20 de septiembre de 2012, asunto T-445/10
El Tribunal estimó el recurso del oponente y anuló la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI (asunto R 1897/2007-2). El Tribunal ha considerado que la OAMI evalúo de forma errónea los productos que cubren las marcas, lo que sirvió para determinar la ausencia de riesgo de confusión entre las marcas enfrentadas (ECO-PACK v. ECOPAK).

STG, de 21 de septiembre de 2012, asunto T-278/10
El Tribunal estimó el recurso del oponente y anuló la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI (asunto R 770/2009-1). El Tribunal ha considerado que la Sala de Recurso decretó erróneamente la no existencia de riesgo de confusión entre las marcas “WESTERN GOLD” y “WESERGOLD”, ya que no consideró el carácter distintivo acrecentado alegado por la oponente.

STG, de 26 de septiembre de 2012, asunto T-265/09
El Tribunal General desestimó el recurso del oponente, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó la oposición por no existir riesgo de confusión entre las marcas “LE LANCIER” y “EL LANCERO”

STG, de 26 de septiembre de 2012, asunto T-301/09
El Tribunal General desestimó el recurso del solicitante, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó el registro de la marca “CITIGATE” por existir riesgo de confusión con las marcas anteriores “CITI”, “CITIGROUP”, “CITIBANK”, entre otras.

Para terminar con el mes de septiembre os dejo con 4 sentencias dictadas respecto a la saga TUCCI/PUCCI + TUZZI:

STG, de 27 de septiembre de 2012, asunto T-535/08
El Tribunal General desestimó el recurso del oponente, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó la oposición por no existir riesgo de confusión entre la marca solicitada “EMIDIO TUCCI” y las marcas anteriores “TUZZI” y “TUZZI FASHION GMBH”.

STG, de 27 de septiembre de 2012, asunto T-357/09
El Tribunal estimó el recurso del solicitante y anuló parcialmente la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la OAMI (asuntos acumulados R770/2008-2 y R826/2008-2). La marca “EMIDIO TUCCI” se puede registrar parcialmente para únicamente para “algunos” productos por existir riesgo de confusión con la marca anterior “EMILIO PUCCI”.

STG, de 27 de septiembre de 2012, asunto T-373/09
El Tribunal General desestimó el recurso del solicitante, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó parcialmente el registro de la marca “EMIDIO TUCCI” por existir riesgo de confusión con las marcas anteriores “EMILIO PUCCI”.

STG, de 27 de septiembre de 2012, asunto T-39/10
El Tribunal General desestimó el recurso del oponente, confirmándose por tanto la decisión de la OAMI en la que se rechazó la oposición por no existir riesgo de confusión entre la marca solicitada “PUCCI” y las marcas anteriores “EMIDIO TUCCI” y “E.TUCCI”.

Seguramente continuaremos viendo nuevas sentencias relacionadas con la saga.

Bueno, esperando que el mes de octubre no sea muy movido en cuanto a sentencias, por aquello de que no se me junten muchas, nos vemos en noviembre.
Aurelius dixit: desde tu mismo lado del charco, amigo, te deseo un merecido disfrute de tus vacaciones.